" "Sociedad Pro-Adelanto Barrio Villanueva": ORIGEN DELITOS: AÑO 2005.
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domingo, 18 de noviembre de 2007

ORIGEN DELITOS: AÑO 2005.


EL ORIGEN DE LA SERIE DE DELITOS COMETIDOS:
CONTINÚA LA

Relación Prolija Y Circunstanciada De Los Antecedentes De La Posesión Misma Del Inmueble Por El Propietario

ACTOS DE EFECTIVA POSESIÓN MISMA CON OPOSICIÓN CONSTANTE A QUE OTRO TOME LA POSESIÓN DE LA COSA
ANTECEDENTES PREVIOS:

03; 04-01-2005.- Por Acta N° 4 y N° 5 La Comisión Directiva suspende a asociados A Quienes Se Les Prohíbe El Ingreso A Nuestras Instalaciones Sociales, por considerarlos responsables del ataque al domicilio del presidente el día 19-11-2004.- con Fecha Cierta al pie Exp. Municipal N° 186 y 187 del 05-01-2005.- hs. 10:35.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 65; 66.-
07-01-2005.- Hs. 15:15.- El Gobierno Municipal acata la intimación y traslada el Comedor, desocupando nuestro inmueble, pero la patota se roba los bienes del Centro Vecinal y hasta asierran los portones de la entrada y se los llevan.- Acompaño Copia Certificado Denuncia que así lo demuestra, fs. 67.-
10-01-2005.- Consta que el gobierno municipal con su personal que realizaba la contraprestación laboral ABANDONO LAS INSTALACIONES SOCIALES Y SE FUE A PONER EL COMEDOR EN OTRO LADO pero robaron y saquearon los bienes de la ONG el día 07-01-2005.- con constancia de la denuncia policial.- con Fecha Cierta al pie Exp. Municipal N° 329.-hs. 09:50.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 68.-
24-02-2005.- Se le reitera Al intendente Municipal la prohibición de ingresar al inmueble, y se le reitera que no esta autorizado a realizar ninguna obra, y que siempre la ONG SE RESERVO EL DERECHO DE ADMISIÓN.- con Fecha Cierta al pie Exp. Municipal N° 2183.-hs. 10:42.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 69.-
02-04-2005.- Acta N° 10.- de la Comisión Directiva en la parte resolutiva II° dice:
“Queda terminantemente prohibido al Gobierno municipal de la Ciudad de Aguilares y/o al Gobierno Provincial, colocar cerraduras o candados en nuestras instalaciones, ya que los mismos inmediatamente serán destruidos.-”.- con Fecha Cierta a fs. 131 vta. al pie margen derecho Exp. Municipal N° 3846 del 04-04-2005.- hs. 08:12.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 70.-
04-04-2005.- Se comunica al Intendente que personal municipal nos destruye documentación que colocamos para información de los asociados en la sede social.- con Fecha Cierta al pie Exp. Municipal N° 3900.- hs. 12:12.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 71.-
04-04-2005.- La Comisión Directiva Toma conocimiento de la Resolución 579.104-DPJ de fecha 30-12-2004.- y Ordena se adopten recursos administrativos en su contra Por Acta N° 11.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 72.-
05-04-2005.- Ante nuevas destrucciones de documentación colocada en la sede social Se Le Advierte Al Gobierno Municipal Que Utilizaremos La Fuerza Para Impedir Que Nos Violen El Domicilio Y Colocaremos Colmenas De Abejas.- con Fecha Cierta al pie Exp. Municipal N° 3950 hs. 10:53.- y Exp. N° 3984 hs. 12.50.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 73.-
05-04-2005.- Rechazo respuesta por extemporánea y Pido se abstengan de Continuar haciendo daño a la Institución.- Por Exp. Municipal N° 3984.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 74.-
15-04-2005.- Causa: Orellana Pablo Lorenzo Exp. 6345/05.- fecha del hecho 16-04-2005.- Denuncia contra Pablo Lorenzo Orellana Por Intento E Instigación De Violación De Domicilio en cuyo Punto II° Las Pruebas dice:
“ A°.- Acompaño copia de las actas N° 4; 5 y 12 de la Honorable Comisión Directiva con la que se demuestra que el imputado tiene suspendido sus derechos sociales y prohibida la entrada en nuestra sede social. Que dicha sanción fue Notificada debidamente conforme consta en las Actas N° 1 y 2 del Honorable Órgano de fiscalización que declara que las notificaciones precedentes son fehacientes y se realizó el día 12-04-2005.- a hs. 17:21.- al Sr. Pablo Lorenzo Orellana.- La publicación del Boletín Oficial que se acompaña anuncia la intención de realizar una asamblea en nuestra sede social, lo que demuestra la intención del imputado de violar el domicilio, contra la voluntad expresa de quien tiene derecho de excluirlo.-”.- Como consta en Padrón N° 80.- con Fecha Cierta al pie Sello y Firma Policial hs. 19:00.- No se le permitió la entrada al inmueble.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 75; 76; 77.-
30-04-2005.- Hs. 20:30.- La Comisión Directiva Por Acta N° 13.- Suspende a Asociados y les prohíbe la entrada a las instalaciones sociales.- Acompaño copia que así demuestra, fs. 78.-
06-05-2005.- El día 6 de Mayo de 2005.- alrededor de hs. 10:00.- Observe que desde un automóvil descendían tres personas, una mujer y dos hombres en la vereda del Centro Vecinal, motivo por el que me acerqué en mi carácter de presidente de la Institución a preguntarles cual era el carácter de su visita, y se presentaron como personas del Gobierno Provincial, uno de ellos como ingeniero inspector de Obras, y que venia a inspeccionar el estado de la construcción del futuro CAP, por lo que entablamos un cordial dialogo sobre la necesidad de firmar un convenio para el funcionamiento del CAP en nuestras instalaciones, ya que la construcción se ha iniciado sin ninguna autorización valida emitida por las autoridades de la institución y conforme al Estatuto Social, y atento a las resoluciones de la Honorable Comisión Directiva.- El ingeniero me sugirió que conversara con el Director del Hospital de Aguilares que es la personas indicada para realizar el convenio.-
Pero nuestro dialogo se interrumpió por el ingreso abrupto de las personas que robaron los bienes de nuestra sociedad y que se encontraban en el Comedor en la esquina del frente, Albeana Benita Ferreira de Sotillo; Miguel Ángel Sotillo, Clemira Rosa Maldonado, Marta Susana Bulacio, Mercedes Rosa Espinosa, Nilda L. Bohórquez; Juan José Bulacio; Carlos Gustavo Batallan, estos dos últimos me amenazaban de muerte en presencia de los visitantes, a demás manifestando que no me mataban en este acto para no comprometer a las personas del gobierno Provincial. Termine el dialogo con el ingeniero inspector de obras, preguntándole ¡se dio cuenta de las dimensiones del conflicto? A lo que respondió que si, y me retire a mi domicilio.-
07-05-2005.- Hs. 16:30.- Causa: Sotillo Miguel Angel y Otros S/Lesiones y amenazas Exp. 4604/05.- fecha del hecho 07-05-2005.- El día sábado 07 aproximadamente a hs. 16.30 me dirigía a mi domicilio y luego de pasar el puente a unos 10 metros fui interceptado por Miguel Ángel Sotillo, Juan José Bulacio y Carlos Gustavo Batallan quienes manifestaban que ahora no están las personas del gobierno provincial y que concretarían sus amenazas me matarían y me arrojarían al rió, logrando Miguel Ángel Sotillo pegarme en el rostro con una varilla de hierro, pero al escuchar los gritos y personas que corriendo se aproximaban huyeron.- Acompaño Certificado Hospital Aguilares y orden examen medico.- fs. 79; 80.-
07-05-2005.- Hs. 20:00.- Causa: Nacul Alfredo y Otros s/Privación ilegitima de la Libertad.- Exp 2901/05.- fecha del hecho 07-05-2005.- Ese mismo día a horas 20:00.- tomo conocimiento de la Orden de allanamiento librada en la Causa: Magi Francisco José S/Tentativa de homicidio.- Victima Juan José Bulacio, en el domicilio de mi madre y finalizada la medida nos dirigimos a mi domicilio en Chubut 350 B° Villanueva, finalizada la requisa y mientras el acta se encontraba en la mitad de su redacción el personal policial recibió un pedido de poyo porque se estaba cometiendo un robo. Motivo por el que quedo en mi domicilio solo el Oficial de turno para terminar la redacción dfel acta que al terminar firmamos y la testigo se retiro y yo me dirigí a comprar unas tortillas en el almacén de la vuelta.-
Los Sotillos y compañía no se percataron que en mi domicilio estaba el Oficial de Turno de la Comisaría, razón por la que me persiguió Jerónima Josefa Sotillo y Ángel Sotillo empuñando un revolver e insultándome, (al llegar a la esquina de Chubut y Av. Neuquen observe que Albeana Benita Ferreira y Alfredo Nacul hacían señas para que su nieta e hija menor de edad corra a avisar a los restantes miembros de la banda), hasta el almacén de Propiedad de Beatriz Agüero Av. Neuquen 5ta. Cuadra que se encontraba colmado de vecinos razón por la que no ingresaron, pero amenazaban desde la vereda y decían que salga para que me maten.-
Luego de comprar las tortillas, me disponía a retirarme del lugar, pero ya se encontraban en frente la Hija mayor de Jerónima Josefa Sotillo y Alfredo Nacul armada con un palo, Albeana Benita Ferreira empuñaba inmensas piedras en ambas manos, Miguel Ángel Sitillo , Jorge Eduardo Sotillo, empuñaba palos, Clemira Rosa Maldonado, blandía un largo machete, sus hijos Juan Bulacio ; Marta Susana Bulacio y el esposo de ésta Carlos Gustavo Batallan empuñaban barras de hierro; Enrique Antonio González insultaba sin exhibir arma.-
Intente llamar desde mi teléfono celular a la comisaría de aguilares y cuando estaban por responder se corto la comunicación por falta de batería, conseguí un celular prestado y logre llamar, luego de una larga espera vinieron en mi rescate primero el Oficial que se encontraba en mi domicilio, Se sorprendieron al verlo aparecer caminando, e inmediatamente Ángel Sotillo entrego el revolver a su hija Jerónima Josefa Sotillo y esta se lo entrego a Alfredo Nacul que esperaba en la esquina de Chubut y Av.Neuquen, ya que también llegaban cuatro policías montados en dos motocicletas, y el patrullero con más efectivos. Los policías recibieron insultos y lograron rescatarme montando en una moto, (el que conducía la moto recibió una pedrada en la espalda, otros policías resultaron arañados), pero lagaron llevarme a mi domicilio.- El Oficial Héctor Oscar Bergara retiro la maquina de escribir y al subir al patrullero la banda pateaba el automóvil, y pretendían apedrearlo, lo que lograron impedir, (El oficial Nacul golpeaba con su puños los vidrios del patrullero, amenazando a los efectivos para que me detengan), y me trasladaron al domicilio de mi madre.-
El oficial Alfredo Nacul con abuso de sus funciones, insistía en lograr mi detención presionando a los policías hasta las Tres de la madrugada en la Comisaría de Aguilares, de donde al final lo corrieron.-
Decepcionados por no haber logrado que la policía me detenga, como venganza organizaron la quema de las colmenas en el Colmenar del Pacara.-
Ante la denuncia pública efectuada en una FM el 10-05-2005 por uno de mis socios del Colmenar, por la quema de otras 10 colmenas. Acusando al Oficial Alfredo Nacul, a las familias Sotillo y Bulacio, la banda se vio descubierta públicamente sobre lo que suponian quedaría en el anonimato Jorge Eduardo Sotillo amenaza la hija mayor de esta señora y pretenden concretar las amenazas de muerte organizando guardias armadas y encapuchados alrededor de mi domicilio, con el propósito de compeler a la victima a hacer abandono de los lugares de su residencia habitual y de trabajo.-
09-05-2005.- Hs. 20:00.- Causa: Nacul Flia y Otros s/Daños Exp. 2766/05.- Fecha del hecho 09-05-2005.-
10-05-2005.- Hs. 20:00.- Causa: Ferreira de Sotillo Albeana Benita s/Amenaza de muerte.- Exp. 3271/05.- fecha del hecho 10-05-2005.-
12-07-2005.- Hs. 20:00.- Causa: Sotillo Miguel Ángel s/ Daño Intencional.-Exp. 4139/05.- Fecha del hecho 12-07-2005.- Incendio y Tiroteo a mi domicilio, Acompaño informe Rayos “X” del Hospital Regional Concepción; Certificado Medido del Hospital Aguilares.-; Pedido de pericias inspección ocular y perito en balística.- y ampliación de la denuncia que formulara mi esposa.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 81; 82; 83; 84.- Ver informe técnico pericial del Cuerpo de Bomberos a fs. 138; 139.-
15-07-2005.- Hs. 20:00.- Causa: Sotillo Miguel Ángel s/Amenazas Persecución bici Exp. 5746/05.- Fecha del hecho 15-07-2005.- Acompaño copia reiteración denuncia.- fs. 85.-
17-07-2005.- Hs. 15.30.- Causa: Sotillo Miguel Ángel, Sotillo Ángel, Alfredo Nacul s/Intento Homicidio y persecución con arma de fuego.- Acompaño copia denuncia.-, fs. 86.-
18-07-2005.- Hs. 20:00.- Sotillo Ángel y Otros S/Protección Policial y Acumulada.- Exp. 4039/05.- Fecha del hecho 18-07-2005.- Acompaño copia solicitando protección policial ante Jefe URS, Defensor del Pueblo y Ministro de seguridad ciudadana.-, fs. 87; 88; 89.-
24-07-2005.- Hs. 20:00.- Causa: Magi José Fernando s/ Su Denuncia.- Exp. 4187/05.- Fecha del Hecho 24/07/2005.-Acompaño copias actas presentación denuncias, fs. 90; 91.-
28-08-2005.- Por Acta N° 14.- La Comisión Directiva resuelve: III° dice:
“Procédase al arrendamiento de las instalaciones correspondientes a la construcción nueva que consta de 120 metros cuadrados cubiertos, por el termino de dos años para vivienda particular.- Y para que en dicho periodo se decidan a firmar el convenio.-”.- con Fecha Cierta por el sello de Dirección General de Rentas del 01-12-2005.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 92.-
09-11-2005.- Hs. 08:30.- Se pone en conocimiento del Intendente Municipal la Nomina de las Nuevas Autoridades de la Entidad.- por Exp. N° 12542.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 93.-
29-11-2005.- Contrato de locación con el Sr. Ibáñez Dice:
“Primera A°.-: El Locador reservase toda la otra superficie del inmueble que no se alquila a este locatario.- .... Primera D°.-: POR ESTE ACTO SE PROCEDE A LA APERTURA DE LAS PUERTAS Y SE HACE ENTREGA DE LAS LLAVES AL LOCATARIO QUIEN RECIBE LA POSESIÓN DE LOS DOS DEPARTAMENTOS QUE CONFORMAN LA TOTALIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN NUEVA DE 120 METROS CUADRADOS CUBIERTOS”.- con Fecha Cierta por el sello de Dirección Genera de Rentas del 01-12-2005.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 94.-
04-12-2005.- Hs. 20:00.- Causa: Magi Francisco José s/Denuncia.- Exp. 6585/05.- Fecha del Hecho 04/12/2005.-
26-12-2005.- En Expediente ante el Sr. Ministro de Salud Pública Se informa:
“...V°.- El día 04-12-2005.- el inquilino fue intimidado por personas desconocidas por el, amenazándolo que le sacarían las cosas y le prenderían fuego como han hecho con la casa de Magi.- por lo que se vio obligado contra su voluntad de abandonar la casa locada.-
VI°.- Ante este hecho, he tomado posesión del inmueble y me traslade a vivir en el y he colocado , muchas colmenas industriales para proteger dicha posesión.-
VIII°.- El día 22-12-2005 a hs. 11:30 aproximadamente, me encontraba durmiendo en el inmueble... cuando se presento un móvil policial... conversamos con el comisario de la ciudad de Aguilares... con el oficial labraron un acta de constatación donde consta que detento la posesión efectiva del inmueble.- En esos instantes, pretendió ingresar al inmueble... Ángel Sotillo que tiene prohibida la entrada al inmueble.- lo eche del inmueble y el comisario lo saco cuando profería insultos y amenazas de muerte a viva voz.-”.- con Fecha Cierta Exp. Fiscalia de Estado N° 2004-170 Letra BV del 26-12-2005.- Acompaño copia que así lo demuestra, fs. 95.-…Seleccione el resumen de esta nota con ratón en: http://barriosaguilares.blogspot.com/ Copie con foto, pegue y envié por correo electrónico a sus contactos.-

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