" "Sociedad Pro-Adelanto Barrio Villanueva": 2009
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martes, 8 de septiembre de 2009

Condenando al Municipio a Pagar La Diferencia Entre El Precio Vil Y El Valor Real Locativo.-


Invoco Hechos Nuevos.-
Ofrezco Pruebas.-
Sr. Juez Civil y Comercial Común Ia Nom.-
Juicio: Magi Francisco José Vs. Municipalidad de Aguilares.-
S/Acción de Despojo.- Exp. 196/07.-
Francisco José Magi, de las condiciones personales que constan en autos a V.S. Respetuosamente digo:
Iº.- Invoco Hechos Nuevos.-
En tiempo y forma vengo a alegar e invocar hechos nuevos, conducentes al pleito, ya que después de contestada la demanda, sobrevinieron hechos nuevos con influencia sobre el derecho invocado por las partes. Motivos por los que vengo a alegar y probar en esta etapa conforme lo dispuesto por el Art. 304º del CPCyC.-
El 21-10-2006.- Nos Despojan de Nuestros Bines con una Orden Judicial.-
El 12-03-2008.- Por Orden Judicial Nos Restituyen el Inmueble Destrozado, como consta en la invocación de hechos nuevos presentada el 03-12-2008.- ya sustanciada.-
El 10-06-2008.- Logramos Alquilar el Departamento Nº 3.-, o sea la Construcción vieja por la mitad del valor locativo de $ 300,00.- Pero como se encontraba destruida nos vemos obligados a prestar al inquilino el Departamento Nº 2.- como consta en el Contrato de Locación Cláusula Primera y Tercera.-
El 30-06-2008.- Logramos Alquilar el Departamento Nº 1.- por la mitad del valor locativo de $ 600,00.- Por encontrarse desaparecida la pared divisoria de los departamentos, como así también los marcos de hierro de ambas puertas de ingreso a los departamentos 1 y 2 y al no haber privacidad, se utilizaron los Roperos para dividir en forma precaria ambos departamentos, como consta en el contrato de locación Cláusula Primera y Tercera.-
Como Ya Se Encuentra Demostrado En Autos, Por La Acción De Despojo Que Hemos Sufrido, NOS HEMOS VISTO OBLIGADOS A ALQUILAR NUESTRAS INSTALACIONES A UN PRECIO VIL Y Con Los Hechos Nuevos Producidos Por Los Nuevos Contratos De Locación Celebrados, NOS PERMITEN PROBAR TAL EXTREMO, La Diferencia Entre El Precio Vil Y El Valor Real Locativo Evidentemente Esta Incluido En Las Previsiones De La Ley De Fondo De Orden Publico, Cuando Se Refiere A La Indemnización Al Poseedor De Todas Las Pérdidas E Intereses Y De Los Gastos Causados En El Juicio, Hasta La Total Ejecución De Las Sentencias.-
II°.- Condenando Además A La Municipalidad De Aguilares A Reparar El Daño Provocado Por Los Hechos Nuevos: Con todos sus accesorios, con indemnización al poseedor de todas las pérdidas e intereses incluido los honorarios Profesionales del Martillero Público y de los gastos causados en el juicio, hasta la total ejecución de las sentencias.- Todo conforme lo dispuesto en el Art. 2494 del Código Civil.-
CONDENÁNDOLO A PAGAR: Además de los 73 rubros detallados en autos, La Diferencia De Todos Los Contratos, entre el PRECIO VIL y el VALOR LOCATIVO, que hemos perdido de percibir, que se detalla a continuación, Contratos del:

-------------------------------------------PRECIO-----PRECIO-----50%--------50%
----------------------------------------------------------------------DEL------- DEL
74.- DIFERENCIA CONTRATO--------------VIL-------VIL------VALOR------VALOR
ENTRE PRECIO VIL-------------------------------------------LOCATIVO---LOCATIVO
Y VALOR LOCATIVO------------------------------Totales-------------------Totales

29-11-2005.-Sr.Ibáñez fs.116y118-$100.00.-$2,400.00.-$600.00.-$14,400.00.-
10-03-2006.-Sr.Cataldo fs.120y121$100.00.-$2,400.00.-$300.00.-$-7,200.00.-
01-04-2006.-Sr.Alderete fs.122.----$100.00.-$2,400.00.-$300.00.-$-7,200.00.-
01-05-2006.-Sra.Galvan fs.123.----$100.00.-$2,400.00.-$300.00.-$-7,200.00.-
14-05-2006.-Sr.Bulacio fs.124.------$-25.00.-$--600.00.-$150.00.-$-3,600.00.-
15-05-2006.-Sr.Alba fs.125.---------$100.00.-$2,400.00.-$300.00.-$-7,200.00.-
04-06-2006.-Sr.González fs.138.----$100.00.-$2,400.00.-$300.00.-$-7,200.00.-
04-08-2006.-Sr.Farias fs.141.--------$-25.00.-$--600.00.-$150.00.-$-3,600.00.-

Total, con el 50% del Valor Locativo, que se prueba con los dos nuevos contratos
de Locación Celebrados y que ofrezco como pruebas- - - - - - - - - - - - - - - - $ 57,600.00

Total Reclamados al incoar la demanda - - - - - - $ 15,600.00

DIFERENCIA ENTRE el 50% del VALOR LOCATIVO y EL PRECIO VIL $ 42,000.00

Más El 10 % En Concepto De Honorario Del Martillero Público Aplicados Sobre El Total De Los Bienes Recuperados Para La Sociedad, Pro-Adelanto Barrio Villanueva De Monte Rico, conforme lo establece la ley de ejercicio Profesional de Martillero y Corredor Público Nacional Ley 7.268.- Titulo IV Capitulo II Art. 9.- inc. b).- Al reintegro de los gastos realizados con motivo de su gestión... e).- Perseguir por vía ejecutiva el pago de honorarios comisiones y gastos ... consentidos por el comitente... Titulo VII Capitulo V Art. 49 inc. f) Diligenciamiento de derechos sobre deudas de terceros por mandato privado, 10% sobre el monto del derecho a diligenciar recuperado... todo de conformidad al contrato de Locación Celebrado Por Acta N° 15 el 23-Febrero de 2006.-
75.- Honorarios Martillero S/Diferencia Alquileres recuperados 10%.$ 4.200,00.-
El importe Total de las diferencias por precio Vil hechos nuevos es de: $ 46.200,00.-
CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS PESOS.- Con más su correspondiente actualización del signo monetario.-
O lo que resulte en más o en menos de acuerdo a las pruebas ofrecidas y producidas y según el elevado criterio de V.S. y en base a las consideraciones de hecho y derecho que expongo:
IIIº.- Las Pruebas: En tiempo y forma vengo a ofrecer las pruebas Instrumentales que hacen al derecho de mi parte:
1º.- Original y copias Contrato de Locación con el Sr. ROBERTO CARLOS PRIOTTI celebrado el día 10-06-2008.- Departamento Nº 3.- o sea la Construcción vieja.- con Boletas de pagos impuestos Dirección General de Rentas Tucumán F.904/D.- por $ 108,00.- y por $ 0,45.-
2º.- Original y Copias Contrato de Locación con el Sr. CARLOS ALBERTO ZARATE celebrado el día 30-06-2008.- Departamento Nº 1.- con ventanas sobre calle Catamarca, construcción nueva.- con Boletas de pagos impuestos Dirección General de Rentas Tucumán F.904/D.- por $ 216,00.- y por $ 36,45.-
Pido Se Agreguen: las copias que acompaño y los Originales se reserven en Caja Fuerte del Juzgado.-
IV°.- PETITORIO: Por lo expuesto respetuosamente pido:
Aº.- Pido se corra vista a la demandada por el termino de ley.-
Provea V.S. de conformidad por ser:
J U S T I C I A… Siga Leyendo en: http://barriosaguilares.blogspot.com/ y en http://proadelantobarriovillanueva.blogspot.com/ Copie con foto, pegue y envié por correo electrónico a sus contactos.-

sábado, 23 de mayo de 2009

La Multinacional Edet Persigue a Pepe Magi y Perjudica a la Sociedad Pro-Adelanto Barrio Villanueva en $ 10.645,58.-

Pepe Magi toma conciencia de lo que estaba haciendo, Edet con los indefensos y desprotegidos usuarios, ante el intento perpetrado en su contra para enriquecerse sin causa, en forma ilegitima, como se prueba con el Juicio: Magi Francisco José Vs. Edet S.A. s/Amparo Exp. 464/00.-
Motivo por el que se avoco a defender a los usuarios administrativamente, y con la colaboración de muchos abogados ante los estrados judiciales. En un comienzo los magistrados trataban de favorecer a la multinacional.-
En sede administrativa acontecía lo mismo, pero con el agravante del alto grado de corrupción imperante en su seno, lo que demuestro con la publicación del diario La Gaceta del 04 de Mayo de 2005.- Página 9.- que dice:
“… Desde que asumí la presidenta del Epret dispuse una serie de medidas de austeridad y de reorganización, entre las cuales se destaca haber desplazado al gerente Pablo Reina, que tuvo paralizados expedientes con sanciones en contra de la empresa Edet durante siete años” afirmo…”
Como se prueba y demuestra con el comprobante de fs. 289.-
Por medios televisivos nos enteramos que el importe ascendía alrededor de SIETE MILLONES DE PESOS ($ 7.000.000.-) y Ante la sublevación de los empleados, Al final el gobierno provincial intervino al EPRET.-
Luego De 6 Años De Continua Lucha, Logramos Que El Órgano Judicial Aplique Sanciones Conminatorias De Carácter Pecuniario Al EPRET Por Su Reticencia A Brindar Informe.- Como se prueba y demuestra con el Juicio Romero Vs. Edet.-
Se prueba y Demuestra Acabadamente “PORQUE” Edet Persigue al Martillero Magi y que el trámite administrativo ante el EPRET no es pronto ni eficaz.- Que, la Poderosa Multinacional no respeta a nada, ni a nadie, en su afán de enriquecerse ilegítimamente a costa de los indefensos y desprotegidos usuarios.-
El EPRET en su Artículo 2º Establece que la conducta de Edet constituye un abuso de posición dominante en el mercado y le aplica una multa de 6.500 Kwh.-
Y además en el Articulo 1º Establece que la conducta de EDET constituye una clara desobediencia a lo ordenado por el EPRET Por Lo Que Le Aplica Una Multa A Favor Del Usuario De $100,00.- Diarios hasta que le reconecte la energía y en el Artículo 3º que deberá cumplir en el termino de 24 horas de haber sido notificado de la presente resolución.-
Al defendido de Magi Administrativamente, Recién le reconectan la Energía al Sr. Romero el día 16/04/2009.- Luego de haber sido notificado en el Juicio: Romero Juan Carlos Vs. Edet S.A. S/Amparo.- de la Sentencia que Ordena a la demandada el inmediato restablecimiento del servicio eléctrico del Sr. Romero en el plazo de 5 días bajo apercibimiento de Ley.- La energía del Sr. Romero estuvo cortada desde el 19/09/2005.- El Sr. Romero tuvo la energía cortada durante Tres Años y Ocho meses o sea un total de 1.304 días.- Le cortan la energía para pretender cobrarle $ 700,00.- en forma indebida y en consecuencia Edet Tiene que pagarle a Sr. Romero Conforme lo dispuesto por el EPRET la suma de $ 130.400,00.-
No cabe la más minima duda conforme a lo ya probado Que: La Defensa Administrativa De Los Usuarios, Asumida Por Magi, Le Resta Considerables Ingresos A La Multinacional, Que Utiliza Todo Su Poderío Para Tratar De Intimidarlo, Extorsionarlo Para Que Abandone La Defensa, de los indefensos y desprotegidos usuarios Tucumanos.-
Debido a los reiterados cortes de luz los inquilinos rescinden sus contratos por lo que la Sociedad Pro-Adelanto Barrio Villa Nueva resulta perjudicada en la suma de $ 10.645,58.-

Con esta Carta Documento:
Debido a los reiterados cortes de luz rescindimos el contrato. Somos concientes que cuando estábamos negociando el contrato de sublocación y fueron a realizar la reconexión de la luz, lo único que faltaba era el medidor, y allí se encontraba la llave térmica, razón por lo que no es verdad que Edet la suministrara nuevamente como me dijeron cuando fui a preguntar. Pero en nuestra condición de inquilinos la situación ya es insostenible, desde el día 17/09/2008 todos los días Edet nos corta la luz, (a pesar de la buena voluntad de Ud. Sr. Magi que se tomo el trabajo de reconectar todos los días personalmente dicha energía, con los riesgos que eso implica.) hecho que genera en mi esposa María Leila Amun de Zarate D.N.I.N° 34.242.675 un estado de estrés e intranquilidad. Personalmente me retiro del hogar a hs. 06:00 de la madrugada y regreso recién a hs. 14:00 por lo tanto no me encuentro en mi domicilio cuando personal de Edet corta el suministro de energía y recibo los llamados angustiado de mi esposa, preocupada por temor a que se dañen los electrodomésticos, pero cuando le enseñaba al personal que venia a cortar la luz las copias del pago Bancario a nombre del Juez y las copias del juicio de consignación de pago por lo que no le debíamos nada, respondían que, para ellos solo tenia valor el pago efectuado a la empresa, y la aconsejaban que vaya a pagar en las oficinas de Edet, que esos papeles no tenían para ellos ningún valor y como Ud. ya sabe Sr. Magi, mi señora ya perdió un bebe, y actualmente se encuentra embarazada de cuatro meses con un embarazo de alto riesgo, por el cual el medico le mando hacer reposo absoluto, en dos oportunidades he tenido que pedir permiso del trabajo porque se le produjeron contracciones, corriendo al medico con los gastos y preocupación que ello implica y en la segunda oportunidad hasta le produjo perdidas. No es su culpa Sr. Magi ya que siempre actúa como una persona de bien, pero quedarme en el inmueble bajo esas condiciones significa poner en riesgo la vida de mi propio hijo, motivo por el que me veo obligado a rescindir el contrato de alquiler celebrado con Ud. el día 30 de Junio de 2008 ya que es una situación de fuerza mayor, y me resulta imposible esperar los 60 días dispuesto en la cláusula décimo tercera, por lo que le comunico que inmediatamente abandono el inmueble. Roberto Carlos Priotti, inquilino del departamento contiguo, me consta las penurias que pasaron Zarate y Sra. y por los reiterados cortes de energía y motivos ya expuestos, también rescindo el contrato celebrado con Ud. el 10 de Junio de 2008. Entregamos el inmueble en idénticas condiciones en que lo recibimos y ponemos las llaves a su entera disposición.- Firmado: Zarate Carlos Alberto D.N.I.Nº32.811.988.y Roberto Carlos Priotti D.N.I.Nº 23.962.731.-… Siga Leyendo en: http://barriosaguilares.blogspot.com/ y en http://proadelantobarriovillanueva.blogspot.com/ Copie con foto, pegue y envié por correo electrónico a sus contactos.-

Daños Provocados por Hechos Nuevos Contra Municipio Aguilares.-

Invoco Hechos Nuevos.-
Ofrezco Pruebas.-
Sr. Juez Civil y Comercial Común Ia Nom.-
Juicio: Magi Francisco José Vs. Municipalidad de Aguilares.-
S/Acción de Despojo.- Exp. 196/07.-
Francisco José Magi, de las condiciones personales que constan en autos a V.S. Respetuosamente digo:
Iº.- Invoco Hechos Nuevos.-
En tiempo y forma vengo a alegar e invocar hechos nuevos, conducentes al pleito, ya que después de contestada la demanda, sobrevinieron hechos nuevos con influencia sobre el derecho invocado por las partes. Motivos por los que vengo a alegar y probar en esta etapa conforme lo dispuesto por el Art. 304º del CPCyC.-
He requerido la entrega del inmueble y el Juez Penal Subrogante, y este cumple con lo ordenado por el tribunal superior y ordena la restitución, mediante Oficio N° 92.- Conforme lo ordenado se notifica al municipio, para que entregue el inmueble voluntariamente en el termino de 24 horas el día 11/03/2008 a hs. 11:00.- Comprometiendo en dicha acta, la entrega a hs. 16:00.- de ese mismos día, el intendente no se presenta y se produce un desgaste jurisdiccional innecesario, así lo demuestra el acta que lo documenta.-
Vencido el plazo de 24 horas el día 12/03/2008.- a hs. 11:00.- el intendente municipal no se presenta cometiendo el delito especial de defraudación previsto y penado por el Art. 173 inc. 2° del Código Penal de la Nación, al negarse a restituir en perjuicio de otro, y en el debido tiempo.-
Siendo hs. 11:25.-, se procede al allanamiento del domicilio con auxilio de la fuerza pública, y VERIFICAMOS QUE EL INTENDENTE MUNICIPAL AGUSTÍN FERNÁNDEZ QUIEN:
Representa a La Municipalidad En Sus Relaciones a Todos Los Efectos.-
Que Por Disposición de La Ley, de la Autoridad y por un Acto Jurídico, como es la Orden Judicial por la que Recibió La Posesión del Inmueble, Tiene a Su Cargo a Partir de ese Momento, El Manejo, La Administración y El Cuidado de Bienes o Intereses Pecuniarios Ajenos.-
Y con El Fin de Procurar Para Sí o Para Un Tercero, Un Lucro Indebido o Simplemente para Causar Daño, por acción u omisión, Violando Sus Deberes, Ha Perjudicado Los Intereses Confiados.- COMO SE PRUEBA CON EL ACTA DE RESTITUCIÓN DONDE SE CONSTATA QUE:
1°.- El inmueble se encuentra tapiado a la vuelta, posee una puerta de chapa ... la cual se encuentra cerrada sin llave y un portón... el mismo se encuentra abierto sin ningún tipo de seguridad.-
2°.- Una habitación de 6 x 4, con una puerta del lado Oeste destrozada, una puerta del lado sur en idéntico estado,... el cielorraso de chapadur destruido,... sin instalación eléctrica ya que la misma se encuentra destruida.-
3°.- Magi manifiesta que sobre calle Catamarca falta la columna de alumbrado donde se coloca el medidor.-
4°.- Continuando hacia el interior del inmueble se establece que el mismo se encuentra lleno de maleza crecida evidenciando abandono.-
5°.- Una construcción de mampostería nueva... dos habitaciones... en la primera hay en el suelo un colchón de dos plazas con ropa de cama, al costado hay sebo de velas, la caja principal de llaves térmicas destruidas.-
6°.- La segunda habitación le falta la puerta.-
7°.- Al frente hay dos habitaciones... la primera en su interior hay prendas de vestir usadas en bolsas y desparramadas, faltándole la celosía y las hojas de vidrio.-
8°.- A la segunda le faltan la puerta, y en el piso se encuentran cuatro boletas de luz correspondiente a los periodos 2,3,4,5 del año 2007 a nombre de B° Villa Nueva Sociedad.-
9°.- En la parte posterior de Este a Oeste, se encuentran una habitación de 4 x 2 faltándole la celosía y el vidrio, teniendo las rejas forzadas.-
10°.- A continuación hacia el Oeste se encuentra cocina a la cual le falta la puerta.-
11°.- A continuación hacia el Oeste se encuentran dos baños... en el primero se encuentra un escritorio y dos hojas de vidrio de ventanas.-
12°.- Hacia el Oeste se encuentra una cocina y un baño, en el interior del baño una silla de cuero, el azulejo del baño se encuentra roto al parecer por reparación de la ducha.-
13°.- Magi... manifiesta que al inmueble le falta una pared divisoria en el medio del holl, lo que hizo que se rompiera el cielorraso.-
14°.- Al fondo hay dos baños interiores a los cuales le falta la instalación eléctrica.-
15°.- Faltándole el medidor de la luz sobre calle Catamarca.-
16°.- Magi manifiesta que le falta una cerradura doble paleta del ingreso a la puerta.-
II°.- Condenando Además A La Municipalidad De Aguilares A Reparar El Daño Provocado Por Los Hechos Nuevos: Con todos sus accesorios, con indemnización al poseedor de todas las pérdidas e intereses incluido los honorarios Profesionales del Martillero Público y de los gastos causados en el juicio, hasta la total ejecución de las sentencias.- Todo conforme lo dispuesto en el Art. 2494 del Código Civil.-
CONDENÁNDOLO A PAGAR: además de los 59 rubros detallados en la demanda los siguientes rubros provocados por los hechos nuevos:
60°.- La Suma en concepto de Cerraduras (cuyas copias acompaño) tiquets facturas “La Regional” del 12/03/2008.- Por $ 38,90.- $ 10,00.- $ 2,24.- y de “Corralón Aguilares” del 13/03/2008 $ 20,00.- que arroja un total de. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 71,14.-
61°.- MÁS LOS ACCESORIOS FALTANTES emergentes del acta de restitución del inmueble del 12 de Marzo de 2008.- Cerraduras puerta acceso al inmueble . . . $ 38,90.-
62°.- Cerradura Portón de acceso al inmueble . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 38,90.-
63°.- Construcción s/calle Catamarca.- Instalación eléctrica destruida. . $ 1.821,50.-
64°.- Accesorios eléctricos Construcción Nueva. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .$ 1.695,50.-
65°.- Cielorraso chapadur destruido, 6,60 x 4,20 = 27,72 m2 1ra. pieza. .$ 950,00.-
66°.- Tres Puertas Placas de 2,02 x 0,80 c/herrajes colocadas en la . . . . .
Construcción Nueva. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 585,00.-
67°.- Una ventana de 0,40 x 0,60.- 1ra. Pieza. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 115,00.-
68°.- Dos ventanas c/celosías 1,03 x 1,13 m s/ marcos construc.nueva . . $ 1.171,00.-
69°.- Reparar una ventana de celosía construcción nueva . . . . . . . . . . . . .$ 85,00.-
70°.- Las dos puertas destrozadas de 2,07 x 1,12 m. . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 2.000,00.-
71°.- Mano de obra para reponer la instalación eléctrica destruida. . . . . . .$ 3.900,00.-
72°.- Desprendimiento cielorraso acondicionamiento y armado general. . .$ 498,00.-
Hechos Nuevos Rubros 60 a 72.- Total.- . . . . . . . . . .$ 12.969,94.-
Más El 10 % En Concepto De Honorario Del Martillero Público Aplicados Sobre El Total De Los Bienes Recuperados Para La Sociedad, Pro-Adelanto Barrio Villanueva De Monte Rico, conforme lo establece la ley de ejercicio Profesional de Martillero y Corredor Público Nacional Ley 7.268.- Titulo IV Capitulo II Art. 9.- inc. b).- Al reintegro de los gastos realizados con motivo de su gestión... e).- Perseguir por vía ejecutiva el pago de honorarios comisiones y gastos ... consentidos por el comitente... Titulo VII Capitulo V Art. 49 inc. f) Diligenciamiento de derechos sobre deudas de terceros por mandato privado, 10% sobre el monto del derecho a diligenciar recuperado... todo de conformidad al contrato de Locación Celebrado Por Acta N° 15 el 23-Febrero de 2006.-
73.- Honorarios Martillero sobre bienes Muebles recuperados 10% . . $ 1.296,99.-
El importe Total de los daños provocados por los hechos nuevos es de: $ 14.266,93.-
CATORCE MIL DOCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 93/100.- Con más su correspondiente actualización del signo monetario.-
O lo que resulte en más o en menos de acuerdo a las pruebas ofrecidas y producidas y según el elevado criterio de V.S. y en base a las consideraciones de hecho y derecho que expongo:
IIIº.- Las Pruebas: En tiempo y forma vengo a ofrecer las pruebas Instrumentales que hacen al derecho de mi parte:
1º.- Copia Cedula Nº 24 del 28/02/2008.- Notifica Resolución Ordenando Entrega inmueble.-
2º.- Oficio Nº 92 por cuya diligencia se Notifica para la entrega del inmueble y Acta Compromiso de entrega.-
3º.- Copia Acta del 11/03/2008.- donde consta que el Intendente Municipal no se presenta para hacer la entrega conforme lo Ordenado y convenido con la autoridad policial.-
4º.- Copia Acta del 12/03/2008.- de Allanamiento del domicilio donde consta el estado en que se recibe el inmueble.-
5º.- Copia del Croquis demostrativo del Lugar, Expediente Causa Penal Ofrecida.- fs. 406.-
6º.- Copia de las fotografías de Fs.411, 412 y 415.- Expediente Causa Penal Ofrecida.-
7º.- Originales y copias: Cerraduras tiquets facturas “La Regional” del 12/03/2008.- Por $ 38,90.- $ 10,00.- $ 2,24.- y de “Corralón Aguilares” del 13/03/2008 $ 20,00.-
8º.- Originales y copias: Presupuesto Audio – TV del Valle del 01/12/2008.- Por $ 1.087,50.-; $ 734,00.- y $ 1.695,50.-
9º.- Originales y copias: Presupuesto del Sr. José Antonio Díaz por $ 4.905,00.-
10º.- Originales y copias: Presupuesto Mano de obra para reponer la instalación eléctrica destruida.- Sr. Sergio Daniel Reynoso.-
11º.- Originales y copias: Presupuesto Desprendimiento cielorraso acondicionamiento y armado general.- Sr. Jorge Gaspar Fugaracho.-
Pido Se Agreguen: las copias que acompaño y los Originales se reserven en Caja Fuerte del Juzgado.-
IV°.- PETITORIO: Por lo expuesto respetuosamente pido:
Aº.- Pido se corra vista a la demandada por el termino de ley.-
Provea V.S. de conformidad por ser:
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Un barrio de Aguilares le ganó la pelea al municipio

Publicado por El Periódico de Tucumán en Primera Plana y Página 7 (Mas de media página) el día Sábado 15 de Marzo de 2008.-
Primera Plana
La justicia dio la orden de restituir un inmueble ubicado en la esquina de calles Chubut y Catamarca, barrio Villanueva, al centro vecinal del lugar y desalojar a la Municipalidad local que se había posesionado de la propiedad. …Pág.7.-
Foto
“Frente Construcción”
“Foto del Ladrón Intendente Agustín Fernández Camisa Blanca Corbata Roja” “el texto en rojo pertenece al blog”


Interior Página 7
Denuncias contra el municipio
Un centro vecinal de Aguilares pudo recuperar un inmueble.-
Vecinos iniciaron acción de despojo contra el municipio y lo acusan de sustracción materiales de construcción… Frente del centro asistencia ubicado en la esquina de calles Chubut y Catamarca.-
Días atrás, el juez Pedro Roque Arnedo, del Juzgado de Instrucción del Centro Judicial de Concepción, ordenó la restitución del inmueble ubicado en calle Chubut esquina Catamarca (barrio Villanueva), “libre de ocupantes y en el estado que se encuentre” a Francisco José Magi (representante de la entidad), y dispuso que…“Foto del Ladrón Intendente Agustín Fernández” “el texto en rojo pertenece al blog”




Conflicto en dos causas
En junio de 2006 se inició la causa federal Magi Francisco José sobre denuncia contra el intendente de Aguilares, Agustín Fernández, por defraudación en perjuicio de la sociedad Pro adelante barrio Villanueva y el Estado Nacional (Expediente N° 724/6), a causa de la falta de 14.383 ladrillos; 174 metros cuadrados de lana de vidrio y 1.030 metros lineales de madera, entre otros bienes. Un año después, y ante la posesión que efectúa la Municipalidad del inmueble, la organización promovió otra causa para que les sea restituido... “Foto del Ladrón Intendente Agustín Fernández” “el texto en rojo pertenece al blog”

La restitución
Desde las 11 del Miércoles pasado y hasta después del mediodía, se cumplió el procedimiento ordenado por la Justicia de Concepción, por el que se restituyó la posesión del inmueble ubicado en calle Chubut esquina Catamarca, en el Barrio Villanueva, al dirigente Francisco José Magi. La propiedad había estado hasta ese día en poder de la Municipalidad de Aguilares.
La restitución judicial, fechada el 20 de febrero último, fue llevada a cabo por personal policial. Previamente, la Municipalidad había sido intimada con 24 horas de anticipación para que hiciera la entrega voluntaria…


“Costado interno Construcción”
Piden restitución de materiales varios.-
Fin para un conflicto originado en 2004.-
A pesar de que la medida ordenada por el juez Arnedo debía consumarse el lunes pasado, la restitución del inmueble al centro vecinal del barrio Villanueva se concretó recién el miércoles. Ningún funcionario municipal del Ejecutivo estuvo presente ni tampoco ninguno de los concejales… Siga Leyendo en: http://barriosaguilares.blogspot.com/ y en http://proadelantobarriovillanueva.blogspot.com/ Copie con foto, pegue y envié por correo electrónico a sus contactos.-

lunes, 18 de mayo de 2009

En Aguilares. El municipio devolvió un inmueble

Publicado por Diario El Tribuno Tucumán (Dos Columnas Completas) el día Jueves 13 de Marzo de 2008.-

Procedimiento. Ayer se cumplió la orden judicial.


La Justicia había ordenado la devolución de un inmueble que la Municipalidad tenía ocupado en barrio Villanueva.


Desde las 11 de ayer y hasta pasado el mediodía, se cumplió el procedimiento ordenado por la Justicia de Concepción, a través de la cual se restituyó la posesión del inmueble ubicado en calle Chubut esquina Catamarca, en el Barrio Villanueva, al dirigente Francisco José Magi. El inmueble estuvo hasta ayer en poder de la Municipalidad de Aguilares.… Siga Leyendo en: http://barriosaguilares.blogspot.com/ y en http://proadelantobarriovillanueva.blogspot.com/ Copie con foto, pegue y envié por correo electrónico a sus contactos.-